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Tabla de Tributación en España

Hoy venimos a plantear la diferencia entre si tributar en IRPF es más beneficioso o no que a través de una sociedad .


Dado que en el IRPF se tributa de manera progresiva y se tienen en consideración las
circunstancias personales y familiares, debemos determinar a partir de qué intervalo es
planteable la tributación en el impuesto sociedades.
Los tipos impositivos del impuesto sobre la renta de las personas físicas son los siguientes en función de la base imponible:


Tabla de Tributación en España por ingresos en el IRPF ( Impuesto Renta Personas Físicas)


Hasta 12.450,00 euros: 19 %
Desde 12.451,00 euros a 20.200,00 euros: 24 %
Desde 20.201,00 euros a 35.200,00 euros: 30 %
Desde 35.201,00 euros a 60.000,00 euros: 37 %
Desde 60.001,00 euros en adelante: 45 %

 

 

Con estos porcentajes, la tributación del 25 % por la base imponible se obtiene en la
declaración de la renta con una base imponible de 41.400 euros, en el supuesto de ser soltero y sin minusvalía alguna. A esta base imponible se le restaría el mínimo personal exento de tributación que es de 5.151 euros para este año, con lo cual tendríamos una base imponible efectiva de 36.250 euros.


Es decir, si mi rendimiento íntegro de actividades económicas es superior a 41.400 euros, pagaré menos impuestos si tributo por el impuesto de sociedades que por el impuesto sobre la renta. Para llegar a nuestra base imponible de equilibrio, basta con que usemos algún simulador de IRPF para obtener esta cifra. La base imponible por la que tributo en el IRPF se puede consultar en la casilla 620 de la declaración de la renta. Tengamos en cuenta que hablamos siempre de la base imponible general.


Cómo abaratar mi factura fiscal con el impuesto de sociedades

 

Si mi base imponible general del IRPF es superior a 41.400 euros, plantearme crear una
sociedad para facturar mis ingresos como persona jurídica es una tarea que me va a permitir pagar menos impuestos sin salir de la legalidad vigente. Cuanto más alejada esté mi base imponible real de esta cifra, más me va a interesar constituir mi sociedad.
No obstante, la retirada de dinero de una sociedad tributa como dividendo en la declaración de la renta al 18% (19% a partir de 6.000 euros) y para terminar de cuadrar el círculo, la sociedad debe pagarnos una nómina como administradores dentro de las labores de dirección y gestión de la empresa.


Imaginemos que desempeño varias actividades empresariales en renta que me reportan unos beneficios íntegros de 67.000 euros anuales. La situación ideal es que la sociedad me pague un sueldo anual que no exceda de 41.000 euros. Estos 41.000 euros iniciales tributarán por IRPF a un tipo impositivo global inferior al 25%, a nivel personal tendré mis ingresos cubiertos sin necesidad de recurrir a un reparto de dividendos y la sociedad tributará por la diferencia al tipo efectivo del 25%.


Constituir una sociedad tiene unos gastos, aproximadamente entre unos 700-800 euros y requiere a la vez mayores obligaciones documentales y formales. Si no estamos muy puestos en materia fiscal, debemos encomendar las labores de gestión de la sociedad a un buen asesor. Por tanto, como norma general, a nivel de asesores se fija el límite de equilibrio fiscal en 50.000 euros de base imponible en el IRPF.


Si en nuestra declaración de la renta (IRPF) , la base imponible es superior a 50.000 euros, es interesante constituir una sociedad, para cifras inferiores a la anteriormente señalada , no va a merecer la pena hacerla (e incurrir en más gastos aún si cabe)

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