TABLA DE ENFERMEDADES PARA INCAPACIDAD PERMANENTE

Si padeces una enfermedad crónica o incapacitante, en Bancalero Abogados, queremos
ayudarte a que se te reconozca una incapacidad laboral permanente o el grado de
discapacidad que te corresponda, para que puedas tener acceso a una pensión digna.


En ocasiones, cuando un trabajador sufre una enfermedad o un accidente común o
profesional, puede solicitar la baja laboral. En los casos más graves, dicha patología puede
llegar a ser incapacitante y ocasionar una incapacidad permanente.

De la misma manera, existen enfermedades crónicas (físicas, psíquicas, intelectuales y
sensoriales) que repercuten en la vida diaria de las personas afectadas causándoles un grado
de dependencia (moderada, severa o gran dependencia) o una discapacidad que puede ir del
33% al 64% o del 65% en adelante. En estos casos, también existe la posibilidad de obtener
una jubilación anticipada por enfermedad crónica, siempre que se cumplan los requisitos
establecidos por ley. En la siguiente tabla de enfermedades para pensionarse (que iremos
ampliando) puedes buscar si tu afección entraría dentro de esa categoría.

 

Con independencia de que padezcamos una enfermedad o una patología severa e
incapacitante, debemos tener en cuenta que para solicitar una prestación o ayuda por
incapacidad laboral es necesario cumplir una serie de requisitos legales y médicos.

 

¿QUÉ ES LA INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA?


Un trabajador se encuentra en situación de incapacidad permanente cuando, después de
haber estado sometido al tratamiento médico prescrito, presenta reducciones anatómicas o
funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que
disminuyan o anulen su capacidad laboral. Es importante subrayar este punto: que las secuelas
sean previsiblemente definitivas, aunque también podría ser que la curación fuera incierta.

 

En última instancia, se trata de una protección que ofrece nuestro sistema de la Seguridad
Social con vistas a cubrir la ausencia de capacidad funcional y laboral de una persona que, a
causa de una enfermedad (común o profesional) o unas lesiones producidas como
consecuencia de un accidente, ya sea laboral o no, no puede realizar ninguna actividad
profesional con un mínimo exigible de profesionalidad, eficacia y rendimiento.

 

Las incapacidades permanentes se dividen en cuatro grados en función de cómo afecten a la
capacidad para trabajar (esto es, en qué grado te limita, habida cuenta de que cada
enfermedad afecta a cada persona de un modo distinto): parcial, total, absoluta y Gran
Invalidez.

 

La incapacidad permanente absoluta para todo trabajo inhabilita por completo al trabajador
para cualquier oficio o profesión. Además, cuando necesite la asistencia de otra persona para
los actos más esenciales de la vida, se considerará Gran Invalidez, el grado máximo que
reconoce la Seguridad Social.

 

En cuanto a las compatibilidades, podrá realizar actividades compatibles con su estado. La ley
entiende que, por grave que pueda ser el estado del incapacitado, siempre resta una
capacidad de trabajo residual que puede ser utilizada, incluso de forma regular, en
determinados empleos.

 

En caso de reconocimiento del grado de incapacidad permanente absoluta, el trabajador
percibirá una pensión vitalicia mensual del 100% de la base reguladora.

 

Hay que recordar que la incapacidad permanente absoluta es revisable, tanto por mejoría
como por agravamiento (bien por empeoramiento de las secuelas, bien por aparición de
nuevas enfermedades), y que, en consecuencia, siempre se puede reducir, aumentar,
mantener o cancelar el grado de incapacidad.

 

¿Qué grado de discapacidad tiene una incapacidad permanente absoluta?


Hasta hace poco, a los beneficiarios de una incapacidad permanente absoluta se les reconocía
a todos los efectos un grado de discapacidad del 33%, con lo que podían disfrutar de todas sus
ventajas y beneficios sociales. Actualmente ya no es así, y para obtener el certificado de
discapacidad conviene solicitarlo.

 

ENFERMEDADES POR LAS QUE TE DAN LA INCAPACIDAD


Seguro que muchas veces te has preguntado: ¿qué enfermedades entran en la pensión de
invalidez? Nuestros abogados especialistas en incapacidad permanente te asesorarán sobre
qué pensión te corresponde y cuál es la cuantía de tu prestación según la enfermedad de la
que estés aquejado. Asimismo, te podemos ayudar a que se te reconozca un grado de
discapacidad para así obtener el correspondiente certificado, y, según el grado, el derecho a
una pensión no contributiva.

 

La valoración de la incapacidad laboral la realiza el EVI (Equipo de Valoración de
Incapacidades) , organismo que determina si las patologías imposibilitan el correcto ejercicio
del trabajo y, en consecuencia, pueden dar lugar a una incapacidad permanente, que,
dependiendo de su gravedad, puede ser parcial, total, absoluta o gran invalidez.

 

Es probable que en alguna ocasión te haya surgido esta duda: ¿qué enfermedades entran en el
certificado de discapacidad? Muchas de las enfermedades que verás a continuación son

merecedoras de una discapacidad del 33%. Sin embargo, debes saber que no existe un listado
oficial que agrupe afecciones de este orden, puesto que el grado de discapacidad no depende
del diagnóstico, sino de cómo afectan las secuelas de las patologías al día a día del paciente.

 

Te recordamos que si tienes reconocida una discapacidad del 33%, podrás disfrutar de una
serie de ventajas económicas, laborales, fiscales y sociales, tales como deducciones sobre la
cuota autonómica en el IRPF (dependiendo de la normativa establecida en cada Comunidad
Autónoma), ayudas para facilitar la adaptación de las viviendas y vehículos y reducciones o
exenciones de tasas y/o impuestos.

 

Enfermedades pulmonares para jubilarse


Entre todas las patologías comprendidas en la tabla de enfermedades para incapacidad
permanente absoluta, las hay de diferente naturaleza y condición. Una categoría importante
son las enfermedades pulmonares como la EPOC, con gran prevalencia en nuestros días, y
amparada por los tribunales en múltiples sentencias. Recuerda, si padeces una afección
respiratoria como enfisema o bronquitis crónica podrías tener derecho a una pensión por
incapacidad laboral.

 

Paga por enfermedad crónica


Si estás aquejado de una enfermedad crónica invalidante, la cuantía de la pensión por
incapacidad permanente que percibas va a estar determinada fundamentalmente por dos
factores:

 

La base reguladora (y aquí habría que diferenciar entre accidente o enfermedad profesional y
enfermedad común, donde es necesario acreditar un período de cotización mínimo).
El grado de incapacidad concedido (cuanto más alto sea el grado, más porcentaje de base
reguladora, de un 55% de la total al 100% de la absoluta y Gran Invalidez). Además, en estos
últimos grados la prestación económica está exenta de IRPF.
Por último, a esto habría que sumar el complemento destinado a remunerar a la persona que
atienda al gran inválido.

 

INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA POR VARIAS ENFERMEDADES


Quizá alguna vez te hayas preguntado: ¿te pueden dar una invalidez por enfermedades
diferentes? Si padeces una enfermedad y con el tiempo se agravan sus secuelas o aparecen
nuevas patologías que afectan a otros órganos desmejorando tu calidad de vida, podrías
solicitar una revisión del grado de incapacidad ante el INSS. En caso de que la resolución sea
favorable (y ahí estamos nosotros, para conseguírtelo), podrías pasar, por ejemplo, de una

incapacidad permanente absoluta a una gran invalidez, con todo lo que ello supone: una
mejora sustancial en la cuantía de tu pensión, que en algunos casos puede llegar a superar los
4.500 euros, estando, además, exenta de impuestos.

 

Existen multitud de enfermedades que pueden dar derecho a una incapacidad permanente
(algunas son físicas y otras son trastornos mentales), puesto que lo relevante son las secuelas
que genere cada una o en su conjunto. A continuación te mostramos un listado de
enfermedades para pensionarse ordenado alfabéticamente con algunas patologías que
pueden causar y dar derecho a una incapacidad laboral permanente, así como para obtener el
certificado de persona con discapacidad. Estas patologías han sido consideradas como
incapacitantes tanto en la vía administrativa como en diferentes sentencias judiciales en
nuestro país.

 

EJEMPLOS DE INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA


En Fidelitis podemos enorgullecernos de haber conseguido una gran cantidad de sentencias
favorables en las que se les ha reconocido a nuestros clientes la pensión de incapacidad
permanente absoluta.

 

Algunos ejemplos de patologías para las que se puede conceder una IP en grado de absoluta
son:


Depresión.
Trastorno bipolar.
Linfoma cerebral.
Esclerosis sistémica difusa.
Trasplante renal.
Espondiloartrosis lumbar, etc.
Hay que señalar que en muchos de estos casos existía una comorbilidad, de manera que una
pluripatología siempre va a incrementar las probabilidades de que obtener una incapacidad
permanente en un mayor grado.

 

TABLA DE ENFERMEDADES PARA INCAPACIDAD PERMANENTE 2024


Agorafobia
Albinismo
Alcoholismo
Alzheimer
Aniridia

Apnea del Sueño
Artritis Reumatoide
Artrosis cervical
Ataxia
Cáncer
Cardiopatía Isquémica
Condromalacia Rotuliana
Depresión
Diabetes
Distimia
Distrofia de conos y bastones
Enfermedad de Behçet
Enfermedad de Crohn y Colitis ulcerosa
Enfermedades hepáticas
Enfermedades renales
Epilepsia
EPOC
Esclerosis Múltiple
Escoliosis
Espondilitis anquilosante
Espondilosis degenerativa
Esquizofrenia
Estenosis foraminal
Fibromialgia
Fibrosis quística
Hepatitis autoinmune
Hernia discal
Ictus
Lesión medular
Lumbalgia crónica
Lupus

Maculopatía
Migraña
Miopía Magna
Narcolepsia
Neuropatía cubital
Parkinson
Postpolio
Radiculopatía Lumbar
Retinopatía diabética
Retinosis pigmentaria
Rizartrosis
Síndrome de Goldmann-Favré
Síndrome de Marfan
Síndrome de Ménière
Síndrome de Raynaud
Síndrome de Sjögren
Síndrome de Südeck
Síndrome de Tourette
Síndrome del túnel carpiano
Síndrome subacromial
Siringomielia y Arnold Chiari
Stargardt
Trastorno Adaptativo Mixto
Trastorno bipolar
Trastorno de ansiedad


Si padeces alguna de las enfermedades de esta lista, y te ofreceremos una información tanto
médica como jurídica, indicándote cómo actuar en cada caso para reclamar una posible
prestación económica a la Seguridad Social que te permita mejorar tu calidad de vida. Si la
enfermedad que padeces no está en la lista puedes igualmente consultarnos y te diremos qué
opciones tienes.

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