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¿Piensas cambiar de trabajo? Todo lo que debes saber antes de presentar tu baja

Cuando un trabajador decide dar el paso de cambiar de compañía, debe presentar su baja voluntaria en la empresa en la que trabaja. Esta situación se regula en el Estatuto de los Trabajadores.


¿Estás pensando en cambiar de trabajo o crees que lo harás en un futuro? No te pierdas estos consejos legales que te interesan conocer antes de presentar tu baja voluntaria.

¿Con cuánto preaviso debo comunicar mi baja voluntaria a la empresa?

La baja voluntaria se debe comunicar a la empresa con un tiempo de preaviso que vendrá marcado en el convenio colectivo o bien lo que sea de costumbre en la zona. Como norma general, ese plazo es de 15 días. 

Una duda generalizada es qué ocurre si no se avisa a la empresa de la baja en el plazo establecido. Nuestros abogados laboralistas explican que, de no producirse ese preaviso, la empresa podrá descontar de la cantidad total a percibir del finiquito dichos días, como compensación por daños y perjuicios.

¿Cómo debo presentar mi baja?

Además, es importante saber que la baja voluntaria de un trabajador de la empresa debe ser comunicada por este a la compañía ya sea por escrito o de forma verbal. Se recomienda que esta comunicación se haga siempre por escrito dejando constancia del cese de la actividad y la fecha de finalización de la relación laboral.

En el pasado, el trabajador no podía dar marcha atrás en la decisión de causar baja voluntaria en una empresa, pero hace unos años eso cambió con una doctrina del Tribunal Supremo que indicaba que el trabajador puede retractarse, ya que permite que el trabajador que ha preavisado de causar baja voluntaria pueda cambiar de opinión y seguir en la misma.

¿Tengo derecho a cobrar finiquito si dejo mi trabajo voluntariamente?

Si el trabajador decide su baja voluntaria, debe saber que no tendrá derecho a percibir la  prestación por desempleo que hubiese generado. Sí tendrá derecho a cobrar el finiquito, que incluirá la parte proporcional de las pagas extraordinarias de no estar prorrateadas, así como los días de vacaciones que el trabajador hubiera generado y no hubiese disfrutado.

Si no supero el período de prueba en mi nuevo trabajo ¿puedo cobrar el paro?

Uno de los miedos mayores al cambiar de trabajo es qué pasaría si las cosas en el nuevo puesto no van como esperaba y no supera el periodo de prueba ¿Tendría en este caso derecho a cobrar el paro?

Se pueden dar varias situaciones:

Como ya hemos señalado, el trabajador que ha pedido su baja voluntaria no tiene derecho a paro. Esta situación es habitual que se produzca cuando se encuentra un nuevo empleo. Sin embargo el empresario comunica a esta persona que no ha superado el periodo de prueba. En esta situación, la Ley General de la Seguridad Social establece que el trabajador únicamente podrá solicitar el paro si han pasado como mínimo 3 meses desde la baja voluntaria.

Baja voluntaria seguida de un contrato temporal. En este caso, la legislación no especifica nada sobre la duración mínima que deberá tener el contrato de trabajo temporal posterior a la baja voluntaria, para que después el trabajador pueda cobrar el paro.

Con información de Legálitas. 

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