La “Tarjeta Verde” o “tarjeta de residencia”

Es como comúnmente se conoce al Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea.

Como ya sabemos, todo ciudadano de la Unión tiene derecho a circular y residir libremente en cualquier territorio de los Estados miembros, y por tanto, no precisan de ninguna autorización de residencia y/o trabajo para establecerse en España.

No obstante, cuando un ciudadano comunitario quiera venir a residir a España por un periodo superior a tres meses tiene la obligación de inscribirse en el Registro de Extranjeros y tramitar este certificado.

Este trámite se realiza con cita previa en la Comisaría Nacional de Policía del lugar de
empadronamiento del interesado en España. Allí se le asignará automáticamente un NIE y se le entregará una tarjeta de papel de color verde. Con ella podrá acreditar su residencia en España ante cualquier autoridad competente.

¿Quién puede solicitar la “tarjeta verde”?

Todos los ciudadanos pertenecientes a cualquier país integrante de Unión Europea, Noruega, Islandia, Liechtenstein y Suiza.

Supuestos para solicitarla:

Intención de estudiar en España.
Intención de residir en España y subsistir con sus propios medios económicos.
Trabajador por cuenta ajena en España.
Trabajador por cuenta propia en España (autónomo).
Dependiendo en el supuesto en qué te encuentres la documentación para presentar será muy diferente (matrícula centro de estudios, contrato de trabajo, seguro médico, certificado bancario…). No obstante, en todo caso habrá que presentar el modelo de solicitud, que es único y pagar, además, unas tasas.

¿Duración de este certificado?

Tiene una duración inicial de 5 años, debiendo hacer su renovación a permanente una vez haya pasado este periodo, ya teniendo sólo la obligación de solicitar su modificación en caso de cambio de empadronamiento por parte del interesado.

Entre las ventajas de obtener esta “tarjeta verde”, además de acreditar tu residencia en
España, se te permitirá canjear tu permiso de conducir de tu país de origen, compra de
vehículos en España, etc. Y lo más importante, en caso de que estés casado o tengas pareja y ésta sea nacional de un país no perteneciente de la UE y quieras que venga a vivir/trabajar contigo a España, podrás solicitar una autorización de residencia y trabajo en España para él/ella, siempre y cuando se cumplan otros requisitos, de los que ya nos ocuparemos en otro artículo. Siendo, no obstante, la tenencia de este certificado fundamental para su obtención.

Es más, para que os hagáis una idea de la importancia de tener esta tarjeta, nos remitimos a un tema tan actual como está siendo la pandemia del COVID-19 que con el fin de evitar la propagación del virus, se tomaron entre otras medidas, el cierre de fronteras, impidiendo la libre circulación de viajeros a España. Lógicamente esta medida tenía sus excepciones, y entre ellas se encontraba la de aquellos residentes en España que pudieran acreditar su residencia habitual. Pues ante esta situación sólo aquellos ciudadanos de la UE que tuvieran esta “tarjeta verde” han podido viajar a España, ya que con este certificado han podido acreditar su residencia en España, ya que de otra manera, les hubieran impedido la entrada España en los controles transfronterizos.

En resumen, aunque pueda parecer un trámite sencillo la obtención de la “tarjeta verde”,
debes tener en cuenta que este procedimiento se tramita con cita previa, y si el día de la cita no acreditas que cumples todos los requisitos, la autoridad competente no emitirá el certificado, causando una pérdida de tiempo y retrasando la obtención de la misma, ya que habrá que solicitar una nueva cita para volver a aportar de nuevo toda la documentación, que volverá a ser revisada en su totalidad.

Es por ello, que si no quieres llevarte sorpresas te dejes asesorar por un profesional.

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